Catamarca ya tiene una ley para crear un Registro Público de Agresores Sexuales

LEGISLATIVO 17/09/2026Redacción El AmbatoRedacción El Ambato

La Ley 5967 fue sancionada por la Legislatura provincial y establece un registro de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual. La normativa también crea un certificado obligatorio para determinadas actividades, especialmente aquellas vinculadas con niños, adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores.
Catamarca dio un nuevo paso en materia de prevención y control de los delitos contra la integridad sexual con la sanción de la Ley 5967, que establece la creación del Registro Público Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual. La norma fue aprobada por la Cámara de Senadores durante la 18° sesión ordinaria. 
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El registro funcionará bajo la órbita del Poder Judicial de Catamarca, con la Corte de Justicia como autoridad de aplicación. La reglamentación de la ley deberá establecer los mecanismos para su puesta en funcionamiento.
Qué información tendrá el registro
La legislación contempla que la inscripción sea provisoria desde la sentencia de primera instancia y que pase a ser definitiva cuando la condena quede firme.
El sistema reunirá información de las personas alcanzadas por la normativa, entre ella nombre y apellido, fotografía, delito por el que fueron condenadas, tribunal interviniente y situación de la sentencia.
La ley establece además distintos niveles de acceso. Parte de la información podrá ser consultada públicamente a través de una plataforma web, mientras que datos sensibles como domicilio, DNI y perfil genético quedarán reservados para autoridades judiciales, el Ministerio Público y organismos públicos en el ejercicio de sus funciones
Un certificado obligatorio para determinadas actividades
Uno de los aspectos centrales de la nueva legislación es la creación del Certificado Registral Negativo.
El documento será requerido para acceder a determinadas actividades en las que exista contacto con sectores considerados especialmente vulnerables. Entre ellas se encuentran cargos docentes, tareas de cuidado de niños y adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores, además de determinadas actividades deportivas y culturales.
La exigencia también alcanzará a determinadas designaciones dentro de los tres poderes del Estado. La falta de solicitud del certificado será considerada una falta grave.
Plazos de permanencia
La ley contempla períodos de inscripción de hasta 30 años cuando el delito haya sido cometido contra niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad. Para los demás delitos comprendidos por la norma, el plazo mínimo establecido es de 20 años.
En los casos de reincidencia, la inscripción tendrá carácter permanente y vitalicio, según lo establecido por la legislación. Una vez cumplidos los plazos previstos, la persona podrá solicitar la revisión de su situación ante el juez interviniente. La normativa también contempla las condenas anteriores a su sanción. Los tribunales deberán relevar, una vez reglamentada la ley, aquellos casos correspondientes a personas que continúen cumpliendo una pena o se encuentren bajo determinadas modalidades de cumplimiento.
El contexto detrás de la iniciativa
Los fundamentos de la norma hacen referencia a la necesidad de fortalecer las herramientas de prevención frente a los delitos contra la integridad sexual.
Según datos incorporados al debate legislativo, las denuncias por este tipo de delitos en la Primera Circunscripción Judicial de Catamarca pasaron de 167 casos en 2014 a 565 en 2023, lo que representa un incremento del 238%. En 2023 se registraron denuncias por abuso sexual, acoso, exhibiciones obscenas y grooming. Con la sanción de la Ley 5967, Catamarca establece así un nuevo mecanismo de registro y consulta destinado a centralizar información sobre personas condenadas por delitos contra la integridad sexual y reforzar los controles en ámbitos donde existe contacto con niños, adolescentes y otras personas en situación de vulnerabilidad.

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